domingo, 9 de septiembre de 2012

COPAGO SANITARIO Y DISCAPACIDAD.

Tomando como base el estudio sobre el agravio comparativo económico que origina la discapacidad, que se ha realizado en virtud del convenio suscrito al efecto por el Ministerio de Sanidad y Política Social (Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre Discapacidad) y la Universidad Carlos III, se ha realizado por Antares Consulting en 2006 para el Ayuntamiento de Barcelona, un análisis de costes vinculados a Personas con Discapacidad en España.
La Encuesta sobre Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de Dependencia (EDAD 2008 del INE), cuyos resultados definitivos y ficheros de microdatos se hicieron públicos en noviembre de 2009, proporciona, por primera vez, una estimación directa del gasto motivado por la discapacidad que realizan los hogares españoles basado en una muestra suficientemente significativa de casos. Como es evidente esta información, si la actualizásemos, supondría un sobrecoste todavía mayor para las Personas con Discapacidad, Dependientes y sus familias.
Aunque los datos pueden variar sensiblemente en base a la localización geográfica en que se encuentre la Persona con Discapacidad, tamaño de la población en la que reside, fuente principal de ingresos en el hogar, etc.,  vamos a reflejar unos datos promedio que resultan muy ilustrativos:
-        A partir de los datos de la EDAD 2008 puede estimarse que el ingreso anual medio de los hogares en los que residen Personas con Discapacidad es aproximadamente un 25% inferior al de los hogares en los que no residen personas con discapacidad.
-        Los familiares que prestan cuidados soportan un importante coste de oportunidad, pues el tiempo que ocupan en atender a sus familiares con Discapacidad no pueden dedicarlo a otras actividades que podrían contribuir a elevar el ingreso actual del hogar.
-        En las personas con movilidad reducida las principales partidas de gasto adicional son las prótesis y ortesis, las ayudas técnicas y adaptaciones (ayudas a la marcha, sillas de ruegas, grúas, camas articuladas, adaptaciones de la vivienda), la asistencia personal (en el caso de restricción severa de la capacidad para realizar las actividades de la vida diaria) y los tratamientos de rehabilitación. También han de soportar gastos mayores que la media en equipamiento del hogar, compra diaria y transporte.
-        La economía del bienestar comenzó a medir la pobreza centrándose en los ingresos, y en consecuencia definió la pobreza como la falta de ingresos. Pronto descubrió que el consumo era una medida más apropiada en los países en desarrollo, debido a la magnitud de los mercados informales, las transferencias en especie, el trueque y el autoconsumo. Aquí tenemos una asignatura pendiente en Andalucía.
-        El agravio comparativo que soportan las Personas con Discapacidad en la ciudad de Barcelona se sitúa en un promedio de 27.000 euros anuales, aunque puede haber significativas diferencias según el tipo de discapacidad. Según el estudio de Antares Consulting para el Ayuntamiento de Barcelona, las Personas con Discapacidad intelectual, enfermedad mental y movilidad reducida, con alto grado de severidad son las que sufran en mayor medida un sobrecoste por causa de discapacidad.
-        En un estudio de FEAPS, publicado en marzo del 2009, cifra el agravio económico comparativo medio para el año 2008, entre 16.000 y 50.000 euros anuales.
-        Con referencia expresa al Copago Sanitario, en las familias con Personas con Discapacidad, se concluye que el 46,7% del presupuesto del hogar se destina a: Tratamientos médicos y rehabilitadores, Fármacos y Ayudas técnicas (andadores, sillas de ruedas, bastones, etc.).

El estudio presenta multitud de matices y detalles del máximo interés, se invita a los lectores a su LECTURA COMPLETA.
A modo de colofón, comentar,  que es extraordinariamente injusto repercutir el Copago Sanitario a las personas con Discapacidad y Dependencia. Con matices, algunos consiguen esquivarlo, en Andalucía debes ser perceptor de Pensión no Contributiva (en exclusividad) para disfrutar de la exención. Pero todavía parece más injusto que los perceptores de Pensiones Contributivas tengan que asumirlo, máxime después de haber estado manteniendo a los demás durante su periodo de actividad económica. Pagabas antes, cuando estabas de alta, y pagas después, cuando accedes al estado de pensionista, que curiosamente es cuando más lo necesitas. Al final tendremos que reescribir la fábula de la cigarra y la hormiga, y si no, al tiempo.
Todo esto resulta especialmente doloroso cuando te consta que los gastos suntuarios siguen vigentes en los presupuestos: Embajadas, Subdelegaciones de Vicepresidencia de la Junta de And. (que antes no existían y ahora resultan imprescindibles), y una, entre otras muchísimas, que actualmente circula por Internet y que hace referencia a la Agencia Andaluza para la Cooperación y el Desarrollo, y que bajo el título: ¡¡Que caiga el meteorito!!, se ha hecho eco la WEB de los Empleados Públicos de la Junta de Andalucía de Málaga y que aprovecho gustoso para invitaros a su lectura: ENLACE.  ¡¡¡NO TIENE DESPERDICIO!!!

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